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Son derechos de los Socios:
a) Solicitar al Consejo Directivo la realización de gestiones que considere necesarias ante cualquier organismo de acuerdo a los fines que propugna la Asociación.
b) Recibir los servicios de la Oficina Jurídica y todo otro servicio que se resolviese establecer para el mejor funcionamiento de los fines sociales, quedando facultado el Consejo Directivo a reglamentar y establecer retribucion por tales servicios.
c) Solicitar los Oficios del tribunal arbitral.
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d) A exponer por escrito al Consejo Directivo proyectos o iniciativas que se considere útiles y convenientes a los fines de la Asociación.
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e) A asistir a sesiones del Consejo Directivo, exceptuando las de carácter secreto.
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f) Ejercer las demás atribuciones que les confieren los presentes Estatutos.
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g) Apelar ante la Asamblea de las resoluciones del Consejo Directivo que les afecten.
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